NOM-001-SCFI-2018
La NOM-001-SCFI-2018 de aparatos electrónicos establece las características y requisitos de seguridad que deben cumplir los equipos electrónicos que se fabriquen, importen, comercialicen, distribuyan o arrienden, en el territorio de los Estados Unidos Mexicanos, con el propósito de prevenir peligro a los consumidores y para la conservación de sus bienes, en términos de ausencia de riesgo de daño inaceptable, en función de las propiedades de uso de los equipos, previendo el mal uso razonablemente previsible, cuando su instalación, conservación y uso, correspondan a la finalidad a que estén destinados.
Esta NOM es aplicable a equipos electrónicos y sus accesorios que utilizan para su alimentación la energía eléctrica del servicio público, con tensiones monofásicas de alimentación hasta 277 V c.a. a 60 Hz y/o tensiones trifásicas hasta 480 V c.a. entre líneas a 60 Hz; así como otras fuentes de energía, tales como pilas, baterías, acumulares, autogeneración y fuentes de alimentación hasta 500 V c.c. Ejemplos de equipos dentro del campo de aplicación de esta NOM son, de forma enunciativa más no limitativa:
Juguetes electrónicos
Sistemas electrónicos de energía ininterrumpida (S.E.E.I.)
Hornos de microondas
Máquinas de diversión
Fuentes de alimentación externa
Equipos y sistemas de audio y video
NOM-019-SCFI-1998
Esta Norma Oficial Mexicana establece los requisitos de seguridad que deben cumplir todos los equipos de procesamiento de datos, periféricos o componentes relacionados, que se importen o se comercialicen en el territorio de los Estados Unidos Mexicanos.
Se considera como equipo de procesamiento de datos a aquel que como producto terminado se encuentre dentro de su carcaza y para su función principal se alimente por medio de una conexión eléctrica.
Para obtener la Certificación es necesario que los equipos sean evaluados por un Organismo Certificador autorizado.
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